Articulo 183 TR de la ley reguladora de las haciendas locales
Articulo 183 TR de la ley...as locales

Articulo 183 TR. de la ley reguladora de las haciendas locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 183. Régimen jurídico.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La ejecución de los créditos consignados en el presupuesto de gastos de las entidades locales se efectuará conforme a lo dispuesto en la presente sección y, complementariamente, por las normas que dicte cada entidad y queden plasmadas en las bases de ejecución del presupuesto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-03-2004 en vigor desde 10-03-2004