Articulo 185 Creación de la organización común de mercados de los productos agrarios
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Articulo 185 Creación de la organización común de mercados de los productos agrarios

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Artículo 185. Contingentes arancelarios específicos

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A fin de llevar a efecto los contingentes arancelarios de importación en España de 2 000 000 toneladas de maíz y 300 000 toneladas de sorgo y los contingentes arancelarios de importación en Portugal de 500 000 toneladas de maíz, la Comisión estará facultada para adoptar actos delegados, de conformidad con el artículo 227, que establezcan las disposiciones necesarias para llevar a cabo las importaciones acogidas a los contingentes arancelarios así como, cuando proceda, el almacenamiento público de las cantidades importadas por los organismos pagadores de los Estados miembros implicados y su salida a los mercados de esos Estados miembros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2013 en vigor desde 20-12-2013