Artículo 186 medidas 2025 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 186
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Se añade un nuevo cuerpo en el Anexo IV de la de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana, con la siguiente redacción:
«ANEXO IV
Cuerpos, escalas y agrupaciones profesionales funcionariales gestionados por la conselleria con competencias en materia de sanidad y organismos o entidades dependientes
Administración especial
A1-S05: Cuerpo de tecnología sanitaria.
Requisitos: Licenciatura en ciencia de datos, ingeniería en ciencia de datos, grado en ciencia de datos; ingeniería de organización industrial; biotecnología, ingeniería biomédica; ingeniería informática o título universitario oficial que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilitan para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas a la escala del cuerpo.
Grupo/subgrupo profesional: A1.
Escalas:
A1-S05-01 Científico y científica de datos.
Requisitos: Licenciatura en ciencia de datos, ingeniería en ciencia de datos, grado en ciencia de datos o título universitario oficial que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilitan para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas a la escala del cuerpo.
Funciones: Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, controlar, inspeccionar, evaluar, asesorar y, en general, aquellas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con las actividades de ciencia de datos en servicios sanitarios dependientes de la Conselleria con competencias en materia de sanidad.
A1-S05-02 Ingeniero e ingeniera de organización.
Requisitos: Grado en ingeniería de organización industrial o título universitario oficial que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilitan para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas a la escala del cuerpo.
Funciones: Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, controlar, inspeccionar, evaluar, asesorar y, en general, aquellas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con las actividades de ingeniería de organización de los servicios sanitarios dependientes de la Conselleria con competencias en materia de sanidad.
A1-S05-03 Biotecnólogo y biotecnóloga
Requisitos: Licenciatura en biotecnología, ingeniería en biotecnología, grado en biotecnología o título universitario oficial que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilitan para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con la escala del cuerpo.
Funciones: Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, coordinar, inspeccionar, evaluar, asesorar y en general, aquellas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con las actividades de biotecnología en servicios sanitarios dependientes de la Conselleria con competencias en sanidad.
A1-S05-04 Ingeniero biomédico e ingeniería biomédica
Requisitos: Licenciatura en ingeniería biomédica, ingeniería biomédica, grado en ingeniería biomédica o título universitario oficial que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilitan para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con la escala del cuerpo.
Funciones: Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, coordinar, inspeccionar, evaluar, asesorar y en general, aquellas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con las actividades de ingeniería biomédica en servicios sanitarios dependientes de la Conselleria con competencias en sanidad.
A1-S05-05 Ingeniero Informático e ingeniera informática
Requisitos: Licenciatura en ingeniería informática, ingeniería informática, grado en ingeniería informática o título universitario oficial que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilitan para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con la escala del cuerpo.
Funciones: Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, coordinar, inspeccionar, evaluar, asesorar y en general, aquellas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con las actividades de ingeniería informática en servicios sanitarios dependientes de la Conselleria con competencias en sanidad».
