Artículo 186. Tipo de gravamen.
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La tasa se exige de acuerdo con los siguientes tipos:
a) Por el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual: 560 euros.
b) Por la autorización de la transmisión, arrendamiento o cualquier otro negocio jurídico que tenga por objeto la licencia para la prestación de servicios de comunicación audiovisual: 560 euros.
Modificaciones
- Modificación realizada (186) por LEY del Principado de Asturias 10/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2023.
(AS de 30-12-2022) en vigor desde 01-01-2023 - Artículo modificado (186 (se añade)) por Ley del Principado de Asturias 8/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2020. [Cód. 2019-13888]
(AS de 31-12-2019) en vigor desde 01-01-2020
