Articulo 189 bis Ley de Enjuiciamiento Civil
Articulo 189 bis Ley de E...ento Civil

Articulo 189 bis Ley de Enjuiciamiento Civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 189 bis. De las comparecencias.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se estará al contenido de los artículos 188 y 189, en lo que resultaren de aplicación, para las comparecencias a celebrar exclusivamente ante el Letrado de la Administración de Justicia.

Modificaciones