Articulo 189 Sistema común del IVA
- La Decisión (UE) 2020/1109 del Consejo de 20 de julio de 2020, publicada en el DOUE de 29 de julio de 2020, modifica las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 de forma que los cambios aplicables a partir del 1 de enero de 2021 pasan a tener efectos a partir del 1 de julio de 2021. - Decision (UE) 2020/1109 del Consejo de 20 de julio de 2020 por la que se modifican las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 en lo que respecta a las fechas de transposicion y de aplicacion en respuesta a la pandemia de COVID-19
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»Artículo 189
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En la aplicación de los artículos 187 y 188 los Estados miembros podrán tomar las siguientes medidas:
a) definir la noción de bienes de inversión;
b) precisar cuál es la cuantía del IVA que ha de tomarse en consideración para la regularización;
c) tomar todas las medidas que sean necesarias para garantizar que las regularizaciones no procuren ninguna ventaja injustificada;
d) autorizar simplificaciones administrativas.
Modificaciones
- Modificación realizada (189 (apdo. c), se corrige)) por Corrección de errores de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido ( DO L 347 de 11.12.2006 )
(DC de 09-12-2015) en vigor desde 01-01-2007
