Artículo 189 Tasas y Precios Públicos
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»Artículo 189. Cuotas.
Vigente
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
- 1. Fotocopias:
- Fotocopias blanco y negro: Copia DIN A4: 0,05 euros.
- 2. Reproducciones fotográficas:
- Fotografías 13x18 cm: 10,11 euros.
- 3. Imágenes digitales (incluido soporte DVD-R): 9,31 euros.
Modificaciones
- Modificación realizada (189 (se añade)) por LEY 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.
(BOCYL de 29-02-2012) en vigor desde 01-03-2012 - Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 01-03-2012