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LEY 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. - Boletín Oficial de Castilla y León de 29-02-2012

Tiempo de lectura: 29 min

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Ambito: Castilla y León

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Abril de 2023

F. entrada en vigor: 01/03/2012

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 42

F. Publicación: 29/02/2012


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Normas tributarias
CAPÍTULO I. Normas en materia de tributos cedidos
Artículo 1. Modificación del apartado 1.b.2 del artículo 38 ter del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 2. Modificación del apartado 1.d) del artículo 38 ter del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 3. Modificación del apartado 3 del artículo 39 bis del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 4. Modificación del apartado 1 del artículo 40 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 5. Modificación del apartado 2 del artículo 40 bis del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 6. Modificación del artículo 41 e introducción de dos nuevos artículos 41 bis y 41 ter en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 7. Modificación de la disposición transitoria primera del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 8. Modificación de la disposición transitoria segunda del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 9. Modificación de la disposición transitoria tercera del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 10. Modificación de la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 11. Introducción de una disposición transitoria quinta en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 12. Introducción de una disposición transitoria sexta en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 13. Introducción de una disposición transitoria séptima en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 14. Introducción de una disposición transitoria octava en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 15. Introducción de una disposición transitoria novena en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 16. Introducción de una disposición transitoria décima en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. Artículo 17. Modificación de los artículos 6 y 6.bis del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado. Artículo 18. Introducción de una disposición transitoria undécima en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado. CAPÍTULO II. Normas en materia de impuestos propios SECCIÓN 1.ª . Impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión Artículo 19. Naturaleza y afectación. Artículo 20. Hecho imponible. Artículo 21. Sujeto pasivo y responsable solidario. Artículo 22. Exenciones. Artículo 23. Base imponible. Artículo 24. Cuota tributaria. Artículo 25. Normas específicas de gestión del impuesto. SECCIÓN 2.ª . Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos Artículo 26. Naturaleza, afectación, ámbito de aplicación, compatibilidad y definiciones. Artículo 27. Hecho imponible y supuestos de no sujeción. Artículo 28. Sujeto pasivo y sustituto del contribuyente. Artículo 29. Exenciones. Artículo 30. Base imponible. Artículo 31. Tipo de gravamen y cuota tributaria. Artículo 32. Devengo. Artículo 33. Repercusión del impuesto y obligación de declarar. Artículo 34. Liquidación provisional. Artículo 35. Normas específicas de gestión del impuesto. SECCIÓN 3.ª . Normas comunes a los impuestos propios de la Comunidad Artículo 36. Normas comunes de gestión de los impuestos propios. Artículo 37. Remisión a la ley de presupuestos y facultades de desarrollo.
CAPÍTULO III. Modificación de la Ley de Tasas y Precios Públicos
Artículo 38. Modificación de los artículos 7 y 17 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 39. Modificación del artículo 41 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 40. Modificación del artículo 58 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 41. Modificación del artículo 96 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 42. Modificación del artículo 127 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 43. Modificación del artículo 127 bis de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 44. Modificación del artículo 138 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 45. Modificación del artículo 165 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 46. Modificación del artículo 166.3 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 47. Introducción del Capítulo XXXIX en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 48. Introducción del Capítulo XL en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 49. Introducción del Capítulo XLI en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 50. Introducción del Capítulo XLII en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. Artículo 51. Modificación de la disposición transitoria quinta de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad.
CAPÍTULO IV. Normas sobre tasas y precios
Artículo 52. Actualización de tasas y establecimiento de determinados precios.
TÍTULO II. Modificación de la Ley de la Hacienda y del Sector Público
Artículo 53. Modificación del artículo 236 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad. Artículo 54. Modificación del artículo 260 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad. Artículo 55. Modificación del artículo 276 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad. Artículo 56. Modificación del artículo 287 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad. Artículo 57. Introducción de una disposición adicional duodécima en la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad.
TÍTULO III. Del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León
Artículo 58. Creación. Artículo 59. Funciones. Artículo 60. Composición del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León. Artículo 61. Adopción de resoluciones. Artículo 62. Actuación. Artículo 63. Dotación de medios. Artículo 64. Reglamento de funcionamiento.
TÍTULO IV. Normas en materia de personal
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 65. Jornada máxima anual ordinaria. Artículo 66. Jornada de dedicación especial. Artículo 67. Distribución regular de la jornada. Artículo 68. Horario general en las dependencias administrativas. Artículo 69. Complementación económica de la prestación por incapacidad temporal.
CAPÍTULO II. Sector de Educación
Artículo 70. Jornada laboral del personal docente en centros públicos no universitarios.
CAPÍTULO III. Sector Sanitario
Artículo 71. Jornada ordinaria del personal que presta servicios en los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León. Artículo 72. Jornada ordinaria del personal que presta servicios en los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León en turnos especiales. Artículo 73. Jornada complementaria del personal que presta servicios en los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León. Artículo 74. Disposiciones generales en materia de jornada del personal que presta servicios en los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Silencio administrativo y caducidad en los procedimientos de ejecución y resolución de contratos administrativos. D.A. 2ª. Organización territorial. D.A. 3ª. Cuerpos y Escalas Sanitarios. D.A. 4ª. Consejo de Archivos, Bibliotecas y Centros Museísticos de Castilla y León. D.A. 5ª. Simplificación orgánica de la Administración. D.A. 6ª. Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en la cesión de derecho de cobro de subvenciones. D.A. 7ª. Participación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en el capital social de la empresa pública Agrupación de Productores de Patata de Siembra de Castilla y León, S. A. (APPACALE, S. A.). D.A. 8ª. Suspensión normativa. D.A. 9ª. Modelo CyLOG. D.A. 10ª. Contratación administrativa. D.A. 11ª.-Módulos de Atención Continuada. D.A. 12ª. Reordenación y racionalización del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León en materia de cultura y turismo. D.A. 13ª. D.A. 14ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Funcionamiento de los órganos colegiados en materia de urbanismo y medio ambiente. D.T. 2ª. Autorización a la consejería competente en materia de juego. D.T. 3ª. Régimen transitorio de los procedimientos competencia del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales. D.T. 4ª. Revisión en el ejercicio 2012 de tasas y precios públicos. D.T. 5ª. Exigibilidad del impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión en el año 2012. D.T. 6ª. Régimen transitorio de funcionamiento. D.T. 7ª. D.T. 8ª. Régimen de temporalidad de las medidas incluidas en los Capítulos I, II y III del Título IV de la presente ley.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 8/1996, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, Presupuestarias y Económicas. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 14/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas. D.F. 7ª. Modificación de la Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León. D.F. 8ª. Modificación de la Ley 11/2003, de 8 abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. D.F. 9ª. Modificación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León. D.F. 10ª. Modificación de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León. D.F. 11ª. Modificación de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. D.F. 12ª. Modificación de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León. D.F. 13ª. Modificación de la Ley 11/2010, de 11 de octubre, de creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Castilla y León. D.F. 14ª. Modificación de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León. D.F. 15ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León. D.F. 16ª. Refundición de normas en materia de cajas de ahorro. D.F. 17ª. Habilitación normativa. D.F. 18ª. Jornada ordinaria del personal que presta servicios en los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León. D.F. 19ª. Refundición de normas tributarias. D.F. 20ª. Obligaciones de información en el caso de transformación del Impuesto sobre Ventas Minoristas de determinados hidrocarburos. D.F. 21ª. Modificación de la Ley 3/1994, de 29 de Marzo, de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León. D.F. 22ª. Modificación de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León. D.F. 23ª. Modificación de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León: D.F. 24ª. Modificación de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León. D.F. 25ª. Modificación de la Ley 8/2009, de 16 de junio, de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma y las Entidades locales de Castilla y León. D.F. 26ª. Modificación del artículo 7 del Decreto Legislativo 1/2009, de 18 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las normas vigentes sobre aportaciones económicas distintas a las subvenciones. D.F. 27ª. Entrada en vigor.