Articulo 19 Derecho de ac...asistencia

Articulo 19 Derecho de acceso al entorno de personas usuarias de perros de asistencia

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Artículo 19. Capacitación profesional de la persona adiestradora.

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1. Se entiende que cuentan con la capacitación profesional adecuada para el adiestramiento de un perro de asistencia aquellas personas que estén en posesión del Certificado de Profesionalidad SSCCI0112 sobre Instructor de perros de asistencia (nivel 3) o el certificado o la titulación equivalente que pudiera sustituirlo. También se reconoce como Instructor de Perros de Asistencia a aquellas personas que se encuentren en posesión del Certificado de Capacitación de Adiestrador de perros de trabajo y utilidad del Principado de Asturias y a las que estén en posesión del Certificado de Profesionalidad nivel 2, «Adiestramiento base y Educación canina», siempre que reúnan los requisitos previstos en esta ley y que se puedan acreditar las capacitaciones establecidas en el Real Decreto 990/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad, que se incluyen en el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad y se actualiza un certificado de profesionalidad de la familia profesional de Industrias Alimentarias establecido en el Real Decreto 646/2011, de 9 de mayo.

2. El certificado de profesionalidad puede obtenerse superando el curso del certificado de profesionalidad oficial en un centro homologado por el Servicio Público de Empleo estatal u autonómico. El certificado de profesionalidad también puede obtenerse al superar los procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o de vías no formales de formación convocadas por las diferentes comunidades autónomas a los que hace referencia el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Tendrán la misma consideración aquellas personas que dispongan del certificado de capacitación de adiestrador de perros de trabajo y utilidad que incluya la especialidad de Perros de asistencia , expedido con base en la Resolución de 31 de marzo de 2011, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se regulan la acreditación de entidades de formación y la expedición de los certificados oficiales de capacitación de adiestradores caninos y cuidadores de animales de compañía.