Artículo 19 Diseño y estr... de Aragón

Artículo 19 Diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales de Instancia que han de constituirse con fecha 31 de diciembre de 2025, en la Comunidad Autónoma de Aragón

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Artículo 19. Coordinación con equipos de medios adecuados de solución de controversias provinciales.

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1. Los protocolos de actuación de Oficina Judicial mencionados establecerán mecanismos de colaboración y coordinación con las unidades administrativas que presten los servicios de medios adecuados de solución de controversias.

Corresponderá a las personas que ejerzan la Dirección de los Servicios Comunes instrumentar y articular dicha coordinación de manera conjunta con el personal que preste el servicio de información sobre medios adecuados de solución de controversias dentro de la Oficina Judicial.

2. A tal efecto, en función de las dimensiones de cada Oficina Judicial, esta actividad podrá ser asignada a uno o varios funcionarios o funcionarias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o del Cuerpo de Auxilio Judicial, quienes actuarán de enlace directo con las unidades administrativas que presten el servicio de medios adecuados de solución de controversias.