Articulo 19 Homologación y vigilancia del mercado de vehículos de motor
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Articulo 19 Homologación y vigilancia del mercado de vehículos de motor

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Artículo 19. Obligaciones de los distribuidores en relación con sus vehículos, sistemas, componentes o unidades técnicas independientes, piezas y equipos que no son conformes o que comportan un riesgo grave

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1. Si un vehículo, sistema, componente, unidad técnica independiente, pieza o equipo no son conformes con los requisitos del presente Reglamento, los distribuidores informarán al fabricante, al importador y a la autoridad de homologación que haya concedido la homologación de tipo UE y no comercializarán el vehículo, sistema, componente, unidad técnica independiente, pieza o equipo hasta que sean conformes.

2. Si un vehículo, sistema, componente, unidad técnica independiente, pieza o equipo que los distribuidores hayan comercializado no son conformes con el presente Reglamento, los distribuidores informarán al fabricante, al importador y a la autoridad de homologación que haya concedido la homologación de tipo UE.

3. Cuando un vehículo, sistema, componente, unidad técnica independiente, pieza o equipo comporten un riesgo grave, los distribuidores informarán de inmediato y en detalle de ese riesgo al fabricante, al importador, a las autoridades de homologación y a las autoridades de vigilancia del mercado de los Estados miembros en los que se hayan comercializado el vehículo, el sistema, el componente, la unidad técnica independiente, la pieza o el equipo.

Asimismo, los distribuidores les informarán de toda medida que se haya tomado y les facilitarán detalles sobre las medidas correctoras adoptadas por el fabricante.

4. Previa solicitud motivada de una autoridad nacional, los distribuidores cooperarán con ella en cualquier acción emprendida con arreglo al artículo 20 del Reglamento (CE) n.º 765/2008 para eliminar los riesgos que comporten el vehículo, sistema, componente, unidad técnica independiente, pieza o equipo que hayan comercializado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-06-2018 en vigor desde 05-07-2018