Articulo 19 Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas
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Artículo 19. Modificación de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, en relación el plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de resolución de los contratos.

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Se modifica el apartado 2 de la Disposición Adicional Primera de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, que queda redactado en los siguientes términos:

«2. En el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, así como de las entidades locales de Castilla y León y de sus entidades vinculadas, el plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de resolución de los contratos celebrados por aquellas será de ocho meses contados desde la fecha del acuerdo de iniciación. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se producirá la caducidad en los términos previstos en el artículo 25.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»