Articulo 19 Operaciones 2015 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario
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»Artículo 19. Operaciones no presupuestarias
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1. En aplicación del artículo 68 del Decreto 75/2004, los centros gestores que tramiten operaciones no presupuestarias dispondrán hasta el día 10 de febrero de 2016 para remitir las conciliaciones correspondientes referidas a día 31 de diciembre.
2. Las órdenes de pago no presupuestario que tengan que tramitarse para realizar los ajustes necesarios para la conciliación de las cuentas a día 31 de diciembre podrán remitirse a la Intervención General hasta el día 18 de diciembre. Estas órdenes podrán validarse y pagarse hasta el día 31 de diciembre.
3. Las operaciones de conciliación de saldos que no requieran la tramitación de órdenes de pago no presupuestario podrán proponerse hasta el día 16 de febrero de 2016.
