Articulo 19 Organización y funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil y Primaria en Castilla-La Mancha
Artículo 19. Horario lectivo de funciones específicas
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1. El horario lectivo de determinadas funciones específicas del profesorado en los centros públicos de educación infantil y primaria, se organizará del modo siguiente:
a) Horario para funciones del Equipo directivo.
En función del número de unidades funcionales del centro al inicio del curso escolar, el Equipo directivo podrá dedicar a estas funciones como máximo los siguientes periodos lectivos.
| Unidades | Periodos función directiva |
| 5 o menos unidades | 9 periodos |
| Entre 6 y 8 unidades | 22 periodos |
| Entre 9 y 12 unidades | 39 periodos |
| Entre 13 y 17 unidades | 48 periodos |
| Entre 18 y 22 unidades | 57 periodos |
| Entre 23 y 27 unidades | 63 periodos |
| 28 o más unidades | 72 periodos |
El Equipo directivo, por consenso, dispondrá de autonomía para distribuir entre sus miembros el número total de periodos que se hayan asignado al centro para la función directiva. En todo caso, el número de periodos de funciones específicas que se asignen a cada miembro del Equipo directivo estarán sujetos a que estén atendidos, con el profesorado asignados, los periodos de docencia directa. El Equipo directivo dedicará uno de estos periodos para su coordinación interna.
b) Coordinador de ciclo:
- Un periodo lectivo en ciclos con una o dos unidades.
- Dos periodos lectivos en ciclos a partir de tres unidades.
c) Coordinador/a de sección (CRA) un periodo electivo.
d) Asesor/a lingüístico según establezca su norma.
e) Responsable de comedor escolar:
- A partir de 60 usuarios: tres periodos lectivos.
- Menos de 60 usuarios: dos periodos lectivos.
Por las tareas del aula matinal, se añadirá un periodo lectivo.
f) Responsable de la impartición de talleres y actividades extracurriculares: entre uno y dos periodos lectivos como máximo, según su duración y complejidad.
g) En todos los centros existirán un plan de lectura, un plan digital y un plan de igualdad y convivencia. Para el desarrollo de estos planes se designarán responsables de su coordinación (coordinación del plan de lectura, coordinación del plan de transformación digital y formación y coordinador de bienestar y protección). El horario lectivo del conjunto de estas funciones específicas se agrupará en una bolsa que cada centro distribuirá en el ejercicio de su autonomía, teniendo en cuenta los siguientes límites:
- Hasta 9 unidades ... hasta 3 periodos
- Entre 9 y 18 unidades ... hasta 5 periodos
- A partir de 18 unidades... hasta 7 periodos
Los periodos de estas coordinaciones podrán asignarse al número de docentes que la Dirección considere.
