Articulo 19 Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, capacidad económica de los beneficiarios y su participación en el coste de los servicios
Artículo 19. Asistencia personal.
1. El servicio de asistencia personal tiene como finalidad la promoción de la vida independiente y la inclusión en la comunidad de las personas en situación de dependencia en cualquiera de sus grados y con independencia de su edad.
Consiste en la prestación de apoyos a través de profesionales conforme a un plan personal, en el que se concreten las actividades de la vida diaria que permita a la persona desarrollar su proyecto de vida de acuerdo con sus necesidades y preferencias.
2. Las condiciones de acceso a la asistencia personal, son las siguientes.
a) Tener situación de dependencia reconocida en cualquiera de sus grados.
b) Tener tres años o más.
c) Que el Programa individual de atención recoja su adecuación al requerir la persona en situación de dependencia de apoyos para desarrollar un proyecto de vida que permita su participación plena en los ámbitos educativo, laboral, de ocio y/o participación social o cualquier otro ámbito previsto en dicho proyecto.
- Modificación realizada (rúbrica y contenido) por ORDEN DBF/993/2026, de 24 de junio, por la que se modifica la Orden de 24 de julio de 2013, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, reguladora de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la capacidad económica de los beneficiarios y su participación en el coste de los servicios, en la Comunidad Autónoma de Aragón. (AR de 08-07-2026) en vigor desde 09-07-2026
- Artículo modificado (19 (apdo. 3.b)) por ORDEN CDS/960/2017, de 26 de junio, por la que se modifica la Orden de 24 de julio de 2013, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la capacidad económica de los beneficiarios y su participación en el coste de los servicios en la Comunidad Autónoma de Aragón.
(AR de 12-07-2017) en vigor desde 13-07-2017

