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Articulo 19 Régimen jurídico de las plazas de toros portátiles

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Artículo 19. Técnicos competentes para realizar la inspección técnica periódica.

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La inspección técnica periódica debe ser realizada por técnico competente habilitado para el ejercicio de cualquiera de las siguientes facultades

a) Aquellos que sean competentes para redactar proyectos de nueva construcción de plaza de toros portátiles.

b) Aquellos que sean competentes para redactar proyectos de adecuación o legalización de plazas de toros portátiles ya construidas.

c) Aquellos que sean competentes bien para dirigir la ejecución, bien el montaje, bien la instalación de plaza de toros portátiles.