Articulo 19 Reglamento ma...as locales

Articulo 19 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 19. Nombramiento y cese de los miembros de la Comisión de Coordinación de Policías locales de las Illes Balears

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1. El nombramiento de los miembros de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de las Illes Balears corresponde a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. Los miembros de la Comisión de Coordinación cesan cuando se revoque la designación o dejen de ostentar el cargo que motivó su nombramiento.