Articulo 192 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»Artículo 192. Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la modificación de la Declaración de Impacto Ambiental que se solicita por el promotor del proyecto.
Modificaciones
- Artículo modificado (192) por Ley 3/2016, de 5 de mayo, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha. [2016/5126]
(CM de 11-05-2016) en vigor desde 31-05-2016
