Artículo 194 bis Tasas y ...ributarias

Artículo 194 bis Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias

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Artículo 194 bis. Exención subjetiva

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Estarán exentos del pago de esta tasa, las entidades y órganos pertenecientes a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como las entidades u órganos de otras administraciones públicas.

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