Artículo 198 Tasas y Prec... de C León

Artículo 198 Tasas y Precios Públicos de C. León

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Artículo 198. Devengo.

Vigente

La tasa se devenga cuando se presente la solicitud que inicie la actuación administrativa, que no se tramitará mientras no se haya efectuado el pago.

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