Articulo 2 se aprueban la...permanente

Articulo 2 se aprueban las bases generales aplicables al concurso general para la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario de carrera en la modalidad abierto y permanente

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Segunda. Convocatoria.

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1. El concurso será objeto de una convocatoria única con periodicidad anual por cada órgano competente, que mantendrá su vigencia durante el año natural en el que se apruebe, y comprenderá la totalidad de los puestos de trabajo adscritos a personal funcionario en el ámbito de la unidad orgánica que corresponda al órgano convocante, dotados o no, salvo que los puestos o alguna de sus características estén identificados como «a extinguir», a la fecha que se determine en la convocatoria y siempre anterior a la misma.

2. Si durante la vigencia de la convocatoria se produce una modificación de las estructuras orgánicas de la Administración de la Junta de Andalucía o bien la aprobación de una modificación de la relación de puestos de trabajo que conlleve el cambio de la adscripción orgánica de alguno de los puestos de trabajo convocados, cada convocatoria se entenderá modificada en el sentido de quedar dichos puestos adscritos al nuevo centro de destino. En estos casos, la adjudicación de los puestos de trabajo la realizará el órgano convocante de cuya estructura orgánica pase a depender el puesto, salvo que dicho puesto haya sido ya incluido en una oferta de puestos de necesaria cobertura, en cuyo caso resolverá el órgano que inicialmente lo hubiera convocado.

Asimismo, en los casos de modificaciones de la relación de puestos de trabajo que conlleven la creación de nuevos puestos, estos quedarán automáticamente incorporados a la convocatoria que esté vigente y podrán ser solicitados en el plazo de modificación de la solicitud de participación conforme a lo previsto en el apartado 7 de la base décima.

3. La convocatoria tendrá, al menos, el contenido mínimo establecido en el artículo 60 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como, a efectos informativos, en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, junto con una oferta inicial de puestos de necesaria cobertura, en los términos en los que se determina en la base tercera.