Articulo 2 de se convoca el proceso selectivo unificado para el ingreso en Cuerpos de Policía Local de Aragón, categoría de Policía
2. Requisitos de las personas aspirantes.
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2.1. Las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos y compromisos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener, el título de Bachiller, Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación, de acuerdo a la normativa vigente.
d) Ser titular de los permisos de conducir de clase A o A2 y B, así como el compromiso de conducir vehículos policiales. Aquellas personas aspirantes que accedan al Cuerpo de Policía Local estando en posesión el permiso de conducir de clase A2, se comprometen a tramitar y obtener el permiso de conducir de la clase A, en el plazo más breve posible y en cualquier caso en el plazo máximo de dos años, a contar desde la fecha de toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, que prestarán mediante declaración jurada en el ayuntamiento de destino.
e) No haber sido condenada por delito doloso ni separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona fue separada o inhabilitada.
Será aplicable el beneficio de la rehabilitación conforme a las normas penitenciarias y administrativas, que la persona aspirante deberá acreditar mediante el correspondiente documento oficial.
f) Compromiso por escrito de portar armas durante el servicio y, en su caso, llegar a utilizarlas en los casos y circunstancias legalmente establecidos.
g) Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas y para realizar las pruebas que figuran en estas bases, así como no estar incurso en el cuadro de exclusiones médicas que figura como anexo IV de las presentes bases. En este sentido, las personas aspirantes deberán presentar, en el momento de la realización de las pruebas físicas, un informe de salud, firmado por personal facultativo, en que se haga constar expresamente que reúne las condiciones físicas y psíquicas para realizar los ejercicios físicos que se especifican en el anexo III, Dicho informe deberá ser expedido dentro de los 30 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de realización de la primera prueba de aptitud física.
h) Con el fin de acreditar la condición de militar profesional de tropa y marinería, las personas aspirantes deberán aportar un certificado o copia de un documento público acreditativo de poseer la condición de militar profesional de tropa y marinería con más de cinco años de servicios prestados.
i) En caso de optar por la plaza reservada a mujeres víctimas de violencia, deberá acreditarse tal condición en la forma establecida en la Ley 7/2018, de 28 de junio, en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y en la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón.
2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base, con la excepción de lo estipulado en la letra d), relativo al carnet clase A2, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.
La presentación de la solicitud supone la declaración del cumplimiento de los requisitos y los compromisos anteriores, sin perjuicio de la comprobación posterior que proceda.
Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de las personas aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de personas admitidas hasta la conclusión de la fase de oposición, previa audiencia de la persona con la condición de interesada, acordará su exclusión, sin perjuicio de las acciones que se tome por las inexactitudes o falsedades que hubieran podido cometerse.
Las personas aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia y de acuerdo con lo estipulado en el apartado 12 de esta convocatoria.
