Articulo 2 crea y regula sedes electrónicas en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Orden sin efecto desde el 8 de noviembre de 2024, salvo en lo referente a la Sede Electrónica de Administraciones Públicas y la Sede Electrónica de la extinta Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, actualmente denominada Sede Electrónica de Clases Pasivas, que mantienen su eficacia. - Orden HAC/1223/2024, de 25 de octubre, por la que se actualizan las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda.
- Lo dispuesto sobre la Sede Electrónica de Administraciones Públicas en la presente Orden en lo relativo a las actuaciones, procedimientos y servicios competencia de la Secretaría de Estado de Función Pública, queda sin efecto desde el 13 de abril de 2025. - Orden TDF/352/2025, de 10 de abril, por la que se crea la sede electrónica asociada del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
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»Artículo 2. Sedes electrónicas que se crean y regulan.
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Con el ámbito y características que se recogen en los artículos siguientes de esta orden, se crean las siguientes sedes electrónicas.
a) Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
b) Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
c) Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro.
d) Sede Electrónica de la Dirección General de Ordenación del Juego.
e) Sede Electrónica de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
f) Sede Electrónica de la Dirección General de Fondos Comunitarios.
