Articulo 2 de Estructura ...dad Social

Articulo 2 de Estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

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Segundo. Composición de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.

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1. Objetivo.-Las cuentas anuales de las Entidades gestoras, Servicios comunes y Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social pondrán de manifiesto, a través de los estados de que se componen, el patrimonio, la situación financiera, el resultado económico patrimonial, y la ejecución del presupuesto de su entidad.

2. Composición.-Las cuentas anuales de las citadas entidades comprenden los siguientes estados.

2.1 Balance: El balance comprenderá, con la debida separación, el activo, el pasivo y el patrimonio neto de la entidad.

El balance se formulará, según las normas y el modelo que se establecen en la tercera parte de la adaptación. No obstante, en el modelo a cumplimentar para las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, no figurará la cuenta 240 dentro del epígrafe A.IV «Inversiones financieras a largo plazo en entidades del grupo, multigrupo y asociadas» del Activo corriente, dentro de la partida 1 «Inversiones financieras en patrimonio de entidades de derecho público».

2.2 Cuenta del resultado económico patrimonial: La cuenta del resultado económico patrimonial recogerá el resultado del ejercicio (ahorro o desahorro), separando debidamente los ingresos y los gastos imputables al mismo.

En la Tesorería General de la Seguridad Social, las cuentas del resultado económico patrimonial recogerán los resultados positivos o negativos de las diferentes Entidades Gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social, con determinación del ahorro o desahorro del conjunto de estas entidades.

La cuenta del resultado económico patrimonial se formulará, según las normas y los modelos que se establecen en la tercera parte de la adaptación.

2.3 Estado de cambios en el patrimonio neto: El estado de cambios en el patrimonio neto recogerá para cada entidad el estado total de cambios en el patrimonio neto, el estado de los ingresos y gastos reconocidos y el estado de operaciones con la entidad o entidades propietarias, tanto de operaciones patrimoniales como de otras operaciones, para las entidades dependientes (centros y entidades mancomunadas).

El estado de cambios en el patrimonio neto se formulará, según las normas y los modelos que se establecen en la tercera parte de la adaptación.

2.4 Estado de flujos de efectivo: El estado de flujos de efectivo informará sobre el origen y destino de los movimientos habidos en las partidas monetarias de activo representativas de efectivo y otros activos líquidos equivalentes e indicará la variación neta de las mismas en el ejercicio y solamente se confeccionará por parte de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

El estado de flujos de efectivo se formulará, según las normas y el modelo que se establecen en la tercera parte de la adaptación.

2.5 Estado de liquidación del presupuesto: El estado de liquidación del presupuesto comprenderá, con la debida separación, la liquidación del Presupuesto de gastos y del Presupuesto de ingresos de la entidad, así como el resultado presupuestario para las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

El estado de liquidación del presupuesto se formulará, según las normas y los modelos que se establecen en la tercera parte de la adaptación.

2.6 Memoria: La memoria completará, ampliará y comentará la información contenida en los otros estados que integran las cuentas anuales y deberá indicar cualquier información necesaria para facilitar la comprensión de los mismos, con el fin de que refleje la situación del patrimonio, de los resultados y de la ejecución de los presupuestos de la entidad.

La memoria se confeccionará de acuerdo con las normas y modelos establecidos en la tercera parte de la adaptación.

El estado de «Remanente de tesorería» que figura como nota 20.5 del modelo de memoria de la tercera parte de la adaptación, únicamente se confeccionará por parte de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

3. Respecto a la información facilitada, la Intervención General de la Seguridad Social únicamente responderá de la identidad entre la misma y la existente en las bases de datos del Sistema de Información Contable de la Seguridad Social.