Articulo 2 Medidas para la modernización de la Administración
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Vigente
El presente decreto-ley será de aplicación a la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público autonómico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2021 en vigor desde 09-03-2021