Articulo 2 Modelo 179 Declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
- Se modifica el título de la presente Orden para cambiar el periodo de la declaración informativa de "trimestral" a "anual". - Orden HFP/188/2023, de 27 de febrero, por la que se aprueba la relacion de valores negociados en centros de negociacion, con su valor de negociacion medio correspondiente al cuarto trimestre de 2022, a efectos de la declaracion del Impuesto Sobre el Patrimonio del año 2022 y de la declaracion informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, y por la que se modifica la Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 179, Declaracion informativa trimestral de la cesion de uso de viviendas con fines turisticos y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentacion.
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»Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 179.
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Estarán obligadas a presentar el modelo 179 las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos en los términos establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 54 ter del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
