Articulo 2 Se modifica la Ley 55/2007 del Cine
Artículo 2. Aplicación de la Disposición adicional 8.3 del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre.
En aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 de la Disposición Adicional octava del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las Comunidades autónomas y Entidades locales y otras de carácter económico, la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, concederá en 2015 a las comunidades autónomas de Galicia, Castilla y León y la Rioja, una vez adheridas a la Facilidad Financiera del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, subvenciones para la financiación de sus inversiones que se instrumentarán preferentemente mediante convenios de colaboración por un importe total de 168.563.730,78 euros, con el detalle que se recoge a continuación.
Galicia, 84.806.953,08 euros; Castilla y León, 73.873,333,18 euros; y la Rioja, 9.883.444,52 euros.

