Articulo 2 Módulos y bases de compensación económica de los servicios de asisten...n el turno de oficio
Articulo 2 Módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de oficio
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»Artículo 2. Concepto de módulos.
Vigente
1. Se entenderá por módulo el conjunto de las actuaciones que realiza el profesional de la abogacía en defensa del beneficiario de justicia gratuita y el profesional de la procuraduría en sus actos de representación.
2. Las actuaciones que integran el módulo a aplicar en el caso de profesionales de la abogacía proceden:
a) Como módulo principal:
1.º De un proceso judicial en los distintos órdenes jurisdiccionales.
2.º De un procedimiento administrativo.
b) Como módulo complementario: De actos o acciones procesales o extraprocesales.
3. Las actuaciones que integran el módulo a aplicar en el caso de los profesionales de la procuraduría proceden de un proceso judicial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-02-2018 en vigor desde 22-02-2018