Articulo 2 Operaciones 20...upuestario

Articulo 2 Operaciones 2013 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario

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Artículo 2. Señalamiento de haberes del mes de diciembre

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1. El cierre de las nóminas del mes de diciembre se podrá realizar hasta el día 10 del citado mes, y la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios y la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos las podrán remitir hasta el día 13 del mismo mes a la Intervención General.

2. Los documentos AD que amparen altas o modificaciones de retribuciones que se tengan que incorporar a la nómina de diciembre de la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios podrán tener entrada en la Intervención General hasta el día 29 de noviembre, y se podrán remitir a esta Dirección General hasta el día 9 de diciembre.

3. Las altas y variaciones que no se incluyan en la nómina de diciembre se tramitarán con cargo al presupuesto de 2014 y los documentos AD se anotarán, en su caso, con cargo a este presupuesto. A efectos de esta contabilización, la tramitación de los expedientes de gasto de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma que no haya concluido el día 9 de diciembre se adaptará, en todo aquello que se precise, a la prevista para los expedientes anticipados de gasto.

4. Los órganos gestores del Servicio de Salud de las Illes Balears y de la Agencia Tributaria de las Illes Balears dispondrán hasta el día 13 de diciembre para cerrar las nóminas del mes de diciembre.

5. La fecha final del plazo para abonar conjuntamente las citadas nóminas es el día 31 de este mismo mes.