Articulo 2 Operaciones 2014 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario
Artículo 2. Señalamiento de haberes del mes de diciembre
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1. El cierre de las nóminas del mes de diciembre podrá realizarse hasta el día 10 de diciembre, y la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios y la Dirección General de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación las podrán remitir hasta el día 12 del mismo mes a la Intervención General.
2. Los documentos AD que amparan altas o modificaciones de retribuciones que tengan que incorporarse a la nómina de diciembre de la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios podrán tener entrada en la Intervención General hasta el día 28 de noviembre. La Intervención General los remitirá hasta el día 9 de diciembre.
3. Las altas y variaciones que no se incluyan en la nómina de diciembre se tramitarán con cargo al presupuesto de 2015 y los documentos AD se anotarán, en su caso, con cargo a este presupuesto. A efectos de esta contabilización, la tramitación de los expedientes de gasto del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma que no haya concluido el día 9 de diciembre se adaptará, en todo aquello que se precise, a la prevista para los expedientes anticipados de gasto.
4. Los órganos gestores del Servicio de Salud de las Illes Balears y de la Agencia Tributaria de las Illes Balears dispondrán hasta el día 15 de diciembre para cerrar las nóminas del mes de diciembre.
5. La fecha final del plazo para abonar estas nóminas será el día 31 de diciembre.
