Artículo 2. Orden de 24 de abril de 2026, Andalucía, Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias y modificación del Decreto 82/2022
Artículo 2. Definiciones.
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A los efectos de esta orden, se entiende por:
a) Empresa: Toda persona física o jurídica, o ente sin personalidad jurídica, de naturaleza tanto pública como privada, que sea titular de una sociedad mercantil, establecimiento, centro, plataforma o negocio que comercialice bienes o preste servicios en la Comunidad Autónoma de Andalucía de manera presencial, a distancia o electrónica, actuando directamente o a través de otra persona en su nombre o siguiendo sus instrucciones, con un propósito relacionado con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
b) SISCOM: Sistema de Información de la Dirección General de Consumo que permite la tramitación integral de una Hoja de quejas o reclamaciones.
c) Hoj@: sistema corporativo de la Junta de Andalucía, conformado por la aplicación móvil «App Hoj@» y la web de «Hoj@ electrónica», que permite a las personas consumidoras y usuarias presentar una hoja de quejas y reclamaciones de manera electrónica a una empresa prestadora de servicios o comercializadora de bienes en Andalucía, y a dicha empresa responderle, también de manera electrónica.
d) Hoj@ Electrónica: Aplicación web del Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones-Hoj@.
e) App Hoj@: Aplicación móvil del Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones-Hoj@.
f) Persona usuaria de Hoj@: Persona física dada de alta en Hoj@ para presentar reclamaciones en nombre propio o ajeno; gestionar empresas, establecimientos o reclamaciones frente a los mismos, o administrar el sistema, en función de que se dé de alta en uno o varios perfiles.
g) Perfil Hoj@ Ciudadanía: Perfil de Hoj@ Electrónica y de App Hoj@ que permite presentar una Hoja de Quejas y Reclamaciones electrónica en nombre propio o en representación de otra persona.
h) Perfil Hoj@ Empresas: Perfil de Hoj@ Electrónica y App Hoj@ que permite dar de alta a empresas y establecimientos, a personas autorizadas de los mismos, así como responder las Hojas de Quejas y Reclamaciones electrónicas que se reciban contra aquellos.
i) Persona autorizada de empresa: Persona física usuaria de Hoj@ con capacidad de gestionar los datos de una empresa, de sus establecimientos y de las personas autorizadas, así como las reclamaciones en Hoj@.
j) Persona autorizada de establecimiento: Persona física usuaria de Hoj@ con capacidad para gestionar las reclamaciones recibidas en un establecimiento a través de Hoj@.
k) Personas gestoras: personas adscritas a la Consejería competente en materia de consumo de la Junta de Andalucía con funciones de administración del Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones-Hoj@.
l) Cartel identificativo de establecimiento: Cartel que identifica unívocamente a cada establecimiento, y que contiene, en cada caso, los datos identificativos del establecimiento y el código QR de identificación.
m) Establecimiento: Unidad productora de la empresa ubicada en una localización física o virtual. Una empresa puede tener múltiples establecimientos.
n) Código QR: Módulo para almacenar información en una matriz de datos o en un código de barras bidimensional.
