Articulo 2 Plan director de la Red Natura 2000
Artículo 2. Finalidad
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El Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia establece un conjunto de medidas de planificación y gestión para los territorios definidos en su ámbito de aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia, con la finalidad de asegurar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento a un estado de conservación favorable de los tipos de hábitats naturales del anexo I de la Directiva 92/43/CEE y de los hábitats de las especies silvestres de flora y fauna establecidas en los anexos II, IV, V de la Directiva 92/43/CEE y de los hábitats de las especies de aves a las que se aplica el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, habida cuenta las exigencias económicas, sociales y culturales, así como las particularidades regionales y locales.
Dichas medidas estarán orientadas a evitar que en dichos lugares se produzcan alteraciones o deterioros apreciables en relación con los objetivos de conservación contemplados en las dos directivas europeas.
