Articulo 2 Planificación ...botiquines

Articulo 2 Planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines

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Artículo 2. Autorizaciones.

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1. Las oficinas de farmacia y botiquines estarán sujetas a las siguientes autorizaciones:

a) De instalación.

b) De funcionamiento.

c) De traslado.

d) De modificación.

e) De cierre, excepto en los casos contemplados en el artículo 18.5 de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.

2. Las oficinas de farmacia están sujetas, además, a autorización administrativa de transmisión.

3. Además de lo establecido en los apartados 1 y 2, también está sujeto a autorización el nombramiento de regente. 4. La Dirección General competente en materia de ordenación farmacéutica llevará un registro de todas las autorizaciones anteriores.