Articulo 2 Régimen jurídi...terrestres

Articulo 2 Régimen jurídico aplicable al otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por ondas terrestres

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Artículo 2. Órgano competente para el otorgamiento de los títulos habilitantes para la gestión del servicio de radiodifusión

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La adjudicación de los títulos habilitantes para la explotación de las emisoras de radiodifusión corresponde al Consejo de Gobierno.