Articulo 2 Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística
Artículo 2. Legalidad urbanística
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2.1 La legalidad urbanística está constituida por el conjunto de normas legales y reglamentarias, incluidas las normas de los planes urbanísticos y las ordenanzas municipales, que ordenan los usos y los aprovechamientos urbanísticos del suelo, a las cuales se sujetan los actos de utilización del suelo y las obras que están implantadas en este.
2.2 A efectos de lo que dispone este Reglamento, se entiende por.
a) Suelo, la capa superficial de la corteza terrestre, o rasante, el espacio contiguo situado por encima de esta capa, o vuelo, y el situado por debajo, o subsuelo.
b) Obra, cualquier construcción, edificación o instalación hecha juntando las partes constituyentes de forma ordenada o planificada según una técnica determinada.
