Artículo 2 Se regula el uso de la inteligencia artificial en la Administración del Principado de Asturias y su sector público
Artículo 2. Definiciones
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Además de las definiciones contenidas en el artículo 3 del Reglamento de Inteligencia Artificial, a los efectos del presente decreto se entenderá por:
a) Auditabilidad del sistema de IA: Capacidad para evaluar los algoritmos, los datos y los procesos de diseño o bien la capacidad de someterse a procedimientos de auditoría.
b) Algoritmo: Conjunto de reglas que hay que seguir para realizar una tarea o resolver un problema.
c) Alucinación artificial: En el entorno de la IA se considera como tal a la información resultante del sistema que, aunque se infiere coherente, presenta datos incorrectos o plenamente erróneos.
d) Autorización de implementación o uso de un sistema de IA: Es el acto administrativo mediante el cual una autoridad competente verifica y aprueba que un sistema de IA cumple con los requisitos legales, técnicos y de seguridad establecidos por la normativa vigente, permitiendo así su despliegue, o utilización en un entorno determinado.
e) Dato: Representación de hechos, conceptos o instrucciones de un modo formalizado, y adecuado para comunicación, interpretación o procesamiento por medios automáticos o humanos.
f) Datos erróneos: Son aquellos datos que están incompletos, desactualizados o que contienen inexactitudes o inconsistencias que pueden afectar a su utilidad y confiabilidad.
g) Datos sintéticos: Datos fabricados artificialmente que imitan las características y distribuciones de los datos reales.
h) Especificación técnica: Especificación que figura en un documento en el que se definen las características requeridas de un sistema, tales como los niveles de calidad, finalidad prevista, condiciones de seguridad, incluidas las prescripciones aplicables al producto en lo referente a la denominación de venta, la terminología, los símbolos, los ensayos y métodos de ensayo, entrenamiento, así como los procedimientos de evaluación de la conformidad.
i) Metadato: Dato que define y describe otros datos y que permite comprender el contenido de los datos y su alcance.
j) Modelo de datos: Conjunto de definiciones (modelo conceptual), interrelaciones (modelo lógico) y reglas y convenciones (modelo físico) que permiten describir los datos para su intercambio.
k) Sesgo: Inclinación que favorece o perjudica a una persona o grupo de personas en sus intereses o derechos fundamentales.
l) Trazabilidad de un sistema de IA: Capacidad del sistema para llevar a cabo un seguimiento de los datos, el desarrollo y el proceso de despliegue del sistema, generalmente a través de un proceso de identificación y registro documentados.
