Articulo 2 Sistema de extinción por compensación de determinadas deudas tributarias
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
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Podrán acogerse al sistema de compensación contemplado en este Decreto Foral los sujetos pasivos que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que su periodo de liquidación en el Impuesto sobre el Valor Añadido coincida con el mes natural.
b) Que presenten en los plazos establecidos por la normativa las declaraciones a las que se refiere el artículo siguiente.
c) Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
d) Que no estén declarados en situación de concurso de acreedores.
También podrá acogerse a este sistema de compensación el grupo de entidades que aplique el régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Con arreglo a ello, las deudas de naturaleza tributaria contempladas en el artículo 3.º que correspondan a los sujetos pasivos que formen parte del grupo de entidades, serán extinguibles por compensación con los créditos por devoluciones tributarias solicitadas por el grupo de entidades en las autoliquidaciones agregadas del Impuesto sobre el Valor Añadido. A estos efectos la entidad dominante ostentará la representación de las entidades dominadas del grupo.
- Modificación realizada (2) por DECRETO FORAL 77/2018, de 26 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento de la Inspección Tributaria de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio.
(NA de 19-10-2018) en vigor desde 20-10-2018 - Modificación realizada (2) por DECRETO FORAL 91/2017, de 4 de octubre, para el impulso de los medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 23/2013, de 10 de abril, el Decreto Foral 69/2010, de 8 de noviembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas y por el que se modifican otras normas con contenido tributario, el Decreto Foral 276/2002, de 30 de diciembre, por el que se regula el sistema de extinción por compensación de determinadas deudas tributarias, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.
(NA de 20-10-2017) en vigor desde 01-01-2018 - Artículo modificado (2 (apdo. a)) por DECRETO FORAL 428/2003, de 11 de agosto, por el se modifica el Decreto Foral 276/2002, de 30 de diciembre, por el que se regula el sistema de extincion por compensacion de determinadas deudas tributarias.
(NA de 22-08-2003) en vigor desde 23-08-2003
