Artículo 20.DECRETO 1/2026, de 12 de enero
Artículo 20. Métodos de evaluación
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En la evaluación de resultados de aprendizaje se podrán emplear diversos métodos, tales como pruebas escritas, proyectos prácticos, simulaciones, estudios de caso o combinaciones de estos, siempre que sean adecuados a la naturaleza de las competencias evaluadas y de los resultados de aprendizaje, distinguiéndose entre:
a) Evaluación teórica, para medir conocimientos.
b) Evaluación práctica, para valorar competencias o capacidades técnicas.
c) Evaluación teórico-práctica, para aquellos casos en los que se combinen conocimientos, capacidades y competencias.
2. La evaluación final será obligatoria para la obtención de la microcredencial, mientras que las evaluaciones inicial y continua tendrán carácter opcional y fines exclusivamente metodológicos.
