Articulo 20 Gestión documental, organización y funcionamiento de los archivos de la Generalitat
Artículo 20. Funciones del Arxiu Intermedi de la Generalitat
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1. En aplicación de sus funciones, el Arxiu Intermedi de la Generalitat debe realizar las siguientes actuaciones:
a) Conservar la documentación semi-activa transferida desde los archivos centrales hasta su eliminación o transferencia para su conservación permanente en los archivos históricos.
b) Elaborar los inventarios, catálogos y otros instrumentos de descripción de la documentación, que permitan su control e identificación mediante el sistema de gestión documental SAVEX, o los sistemas de gestión que seleccione la Generalitat en un futuro.
c) Supervisar las condiciones de conservación de la documentación depositada en el Arxiu Intermedi de la Generalitat.
d) Gestionar las consultas de las personas usuarias y los préstamos realizados por las unidades de gestión productoras de la documentación depositada en el Arxiu Intermedi de la Generalitat.
e) Coordinar las transferencias documentales desde los archivos centrales y a los archivos históricos.
f) Transferir los documentos al archivo histórico, en la forma y tiempo establecidos en el correspondiente calendario de conservación elaborado de manera conjunta con el archivo histórico, una vez agotado su plazo de permanencia en el Arxiu Intermedi de la Generalitat.
g) Eliminar la documentación original que la Junta Calificadora de Documentos Administrativos haya dictaminado que no es de conservación permanente.
h) Elaborar memorias anuales sobre la gestión del servicio y las instalaciones de archivo y remitir toda la información estadística solicitada por el órgano directivo del Sistema de Gestión Documental de la Generalitat.
2. En lo referente al tratamiento y la gestión de la documentación electrónica se aplicará lo establecido en la normativa que regula la gestión de los documentos electrónicos de la Generalitat.
