Articulo 20 Presupuestos 2012 Cantabria
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»Artículo 20. Informe de oportunidad.
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Dada la necesidad de introducir un mayor rigor en el gasto público, con carácter previo a la iniciación de cualquier expediente de modificación presupuestaria, deberá solicitarse informe preceptivo de oportunidad a la Dirección General de Tesorería y Presupuestos, informe que no eximirá del procedimiento establecido a continuación para la tramitación de las modificaciones presupuestarias y que versará sobre el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y su incidencia en los programas y objetivos aprobados en esta Ley.
