Articulo 20 Procedimiento de Elaboración de Disposiciones de Carácter General
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»Artículo 20.- Informes preceptivos del Consejo de Relaciones Laborales y del Consejo Económico y Social Vasco.
Vigente
Los informes preceptivos del Consejo de Relaciones Laborales y del Consejo Económico y Social Vasco tienen carácter esencial cuando procedan conforme a las disposiciones específicas que los regulan, y se emitirán dentro del mes siguiente a la conclusión del expediente de instrucción, una vez cumplido el plazo simultáneo de un mes para el cumplimiento de los trámites no esenciales.