Articulo 20 Reglamento de uniformidad, equipo y medios móviles de las Policías Locales
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»Artículo 20. Cambio estacional de uso del uniforme
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1. Corresponde a cada ayuntamiento determinar el calendario de cambios en el uso del uniforme de verano o de invierno en función de la climatología del municipio.
2. En caso de inclemencia climática será de uso voluntario la prenda de abrigo o de agua aunque se encuentre determinado el uso de la uniformidad de verano.
