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Decreto 49/2023, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de uniformidad, equipo y medios móviles de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 08-05-2023

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Ambito: Madrid

Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Mayo de 2023

F. entrada en vigor: 09/05/2023

Órgano emisor: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 108

F. Publicación: 08/05/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo único. Aprobación del Reglamento de uniformidad, equipo y medios móviles de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Uso de la denominación "Policía municipal" D.A. 2ª. Prevención de riesgos laborales D.A. 3ª. Uniforme de los agentes auxiliares D.A. 4ª. Especificaciones no previstas D.A. 5ª. Utilización de la tipografía de letra
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adecuación a la normativa D.T. 2ª. Reglamentos municipales
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa D.F. 2ª. Entrada en vigor
REGLAMENTO DE UNIFORMIDAD, EQUIPO Y MEDIOS MÓVILES DE LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Normativa aplicable Artículo 4. Gastos de uniformidad, equipo y medios móviles
TÍTULO I. Marco básico de ordenación de la uniformidad y equipo
Artículo 5. Disposiciones generales sobre la uniformidad y equipo Artículo 6. Uso de la uniformidad y equipo Artículo 7. Renovación de la uniformidad Artículo 8. Mantenimiento Artículo 9. Devolución de la uniformidad y equipo Artículo 10. Clasificación de las prendas y efectos de uniformidad y equipo
TÍTULO II. Vestuario
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 11. Vestuario Artículo 12. Corrección en el uso del uniforme Artículo 13. Uso de la uniformidad por efectivos de policía local jubilados
CAPÍTULO II. Tipos de uniforme
Artículo 14. Modalidades de uniforme Artículo 15. Uniforme ordinario Artículo 16. Uniforme para unidades o servicios especiales Artículo 17. Uniforme de gala y de gran gala Artículo 18. Uniforme de los funcionarios en prácticas de nuevo ingreso Artículo 19. Otros elementos complementarios Artículo 20. Cambio estacional de uso del uniforme
CAPÍTULO III. Excepciones y particularidades en el uso del uniforme
Artículo 21. Excepciones de uso del uniforme Artículo 22. Uso del uniforme para asistencia a cursos o jornadas formativas Artículo 23. Uso del uniforme en sus relaciones con los medios de comunicación
TÍTULO III. Identificación profesional, emblemas, divisas, distintivos, medallas y condecoraciones
Artículo 24. Definición
CAPÍTULO I. Identificación profesional
Artículo 25. Elementos de identificación profesional Artículo 26. Documento de acreditación profesional Artículo 27. Renovación, validez y reposición del documento de acreditación profesional Artículo 28. Placa-emblema policial Artículo 29. Número de identificación profesional Artículo 30. Cartera
CAPÍTULO II. Emblemas, divisas, distintivos, medallas y condecoraciones
Artículo 31. Emblemas policiales Artículo 32. Emblema policial de pecho Artículo 33. Emblema policial de la prenda de cabeza Artículo 34. Emblemas policiales de brazo Artículo 35. Divisas Artículo 36. Colocación de las divisas Artículo 37. Distintivos Artículo 38. Clases de distintivos Artículo 39. Medallas y condecoraciones Artículo 40. Colocación de las medallas y condecoraciones
TÍTULO IV. Equipo
Artículo 41. Equipo policial
TÍTULO V. Medios móviles
Artículo 42. Medios móviles Artículo 43. Vehículos de cuatro ruedas Artículo 44. Otros vehículos de ruedas Artículo 45. Vehículos destinados a servicios no ordinarios Artículo 46. Otros medios móviles ANEXO I. UNIFORME ORDINARIO BÁSICO ANEXO II. PLACA EMBLEMA, EMBLEMAS Y DIVISAS ANEXO III. MEDIOS MÓVILES ANEXO IV. CARNÉ DE ACREDITACIÓN PROFESIONAL