Decreto 49/2023, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de uniformidad, equipo y medios móviles de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 08-05-2023
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Ambito: Madrid
Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Mayo de 2023
F. entrada en vigor: 09/05/2023
Órgano emisor: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 108
F. Publicación: 08/05/2023
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Artículo único. Aprobación del Reglamento de uniformidad, equipo y medios móviles de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Uso de la denominación "Policía municipal"
D.A. 2ª. Prevención de riesgos laborales
D.A. 3ª. Uniforme de los agentes auxiliares
D.A. 4ª. Especificaciones no previstas
D.A. 5ª. Utilización de la tipografía de letra
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adecuación a la normativa
D.T. 2ª. Reglamentos municipales
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa
D.F. 2ª. Entrada en vigor
REGLAMENTO DE UNIFORMIDAD, EQUIPO Y MEDIOS MÓVILES DE LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Normativa aplicable
Artículo 4. Gastos de uniformidad, equipo y medios móviles
TÍTULO I. Marco básico de ordenación de la uniformidad y equipo
Artículo 5. Disposiciones generales sobre la uniformidad y equipo
Artículo 6. Uso de la uniformidad y equipo
Artículo 7. Renovación de la uniformidad
Artículo 8. Mantenimiento
Artículo 9. Devolución de la uniformidad y equipo
Artículo 10. Clasificación de las prendas y efectos de uniformidad y equipo
TÍTULO II. Vestuario
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 11. Vestuario
Artículo 12. Corrección en el uso del uniforme
Artículo 13. Uso de la uniformidad por efectivos de policía local jubilados
CAPÍTULO II. Tipos de uniforme
Artículo 14. Modalidades de uniforme
Artículo 15. Uniforme ordinario
Artículo 16. Uniforme para unidades o servicios especiales
Artículo 17. Uniforme de gala y de gran gala
Artículo 18. Uniforme de los funcionarios en prácticas de nuevo ingreso
Artículo 19. Otros elementos complementarios
Artículo 20. Cambio estacional de uso del uniforme
CAPÍTULO III. Excepciones y particularidades en el uso del uniforme
Artículo 21. Excepciones de uso del uniforme
Artículo 22. Uso del uniforme para asistencia a cursos o jornadas formativas
Artículo 23. Uso del uniforme en sus relaciones con los medios de comunicación
TÍTULO III. Identificación profesional, emblemas, divisas, distintivos, medallas y condecoraciones
Artículo 24. Definición
CAPÍTULO I. Identificación profesional
Artículo 25. Elementos de identificación profesional
Artículo 26. Documento de acreditación profesional
Artículo 27. Renovación, validez y reposición del documento de acreditación profesional
Artículo 28. Placa-emblema policial
Artículo 29. Número de identificación profesional
Artículo 30. Cartera
CAPÍTULO II. Emblemas, divisas, distintivos, medallas y condecoraciones
Artículo 31. Emblemas policiales
Artículo 32. Emblema policial de pecho
Artículo 33. Emblema policial de la prenda de cabeza
Artículo 34. Emblemas policiales de brazo
Artículo 35. Divisas
Artículo 36. Colocación de las divisas
Artículo 37. Distintivos
Artículo 38. Clases de distintivos
Artículo 39. Medallas y condecoraciones
Artículo 40. Colocación de las medallas y condecoraciones
TÍTULO IV. Equipo
Artículo 41. Equipo policial
TÍTULO V. Medios móviles
Artículo 42. Medios móviles
Artículo 43. Vehículos de cuatro ruedas
Artículo 44. Otros vehículos de ruedas
Artículo 45. Vehículos destinados a servicios no ordinarios
Artículo 46. Otros medios móviles
ANEXO I. UNIFORME ORDINARIO BÁSICO
ANEXO II. PLACA EMBLEMA, EMBLEMAS Y DIVISAS
ANEXO III. MEDIOS MÓVILES
ANEXO IV. CARNÉ DE ACREDITACIÓN PROFESIONAL
