Articulo 203 Puertos y tr...tinentales

Articulo 203 Puertos y transporte en aguas marítimas y continentales

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Artículo 203. Cuota tributaria

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La cuota íntegra de la tasa de seguridad portuaria se determina multiplicando la tarifa de 0,67 euros al día por el número de pasajeros en régimen de crucero turístico.