Artículo 206 bis Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
Artículo 206 bis Tasas y ...ributarias

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Artículo 206 bis. Exención subjetiva.

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Estarán exentos del pago de esta tasa, las entidades y órganos pertenecientes a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como las entidades u órganos de otras Administraciones Públicas.

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