Articulo 206 Reglamento G...de Turismo

Articulo 206 Reglamento General de Turismo

Ver Indice
»

Artículo 206. Fiestas de interés turístico nacional e internacional.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La emisión de los informes de la Comunidad Autónoma requeridos por el Estado para la declaración de fiesta de interés turístico se ajustará a lo dispuesto en la Orden ICT/851/2019, de 25 de julio, por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional.