Articulo 21 Funcionamiento de la Comisión de Medio Ambiente y procedimiento de evaluación ambiental
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»Artículo 21. Informes sobre planes, programas y proyectos que ha de evaluar la Administración General del Estado
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Los informes sectoriales que se elaboren por parte de organismos autonómicos, insulares o locales a petición de la Administración General del Estado sobre planes, programas o proyectos que tiene que aprobar o autorizar esta Administración, serán remitidos a la CMAIB, para que esta tenga constancia y, si procede, las tenga en cuenta a la hora de emitir el informe preceptivo del artículo 7 del Texto Refundido.
