Articulo 21 Inspección General de Servicios y sistema de alertas para la prevención de malas prácticas en la Administración
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»Artículo 21. Evaluación de riesgos
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1. La evaluación es una forma de investigación aplicada, planificada, sistemática, y dirigida que permite obtener y proporcionar de manera válida y fiable, datos e información suficiente y relevante para identificar posibles factores de riesgo de que se produzca una irregularidad o una mala práctica.
2. Es un factor de riesgo cualquier hecho o circunstancia presente en el contexto jurídico, material, humano u organizativo de la tramitación de un procedimiento administrativo, que aumente las probabilidades de aparición de malas prácticas o irregularidades durante la tramitación del mismo.
