Articulo 21 Medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
- Norma derogada, sin perjuicio de que la sección 5.ª, relativa a la Cosecha en verde, que seguirá en vigor hasta el 15 de octubre de 2023. Esta modificación ha sido realizada por el Real Decreto 32/2023, de 24 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola. - Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervencion Sectorial Vitivinicola en el marco del Plan Estrategico de la Politica Agricola Comun.
Artículo 21. Selección de la muestra de control.
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Copiloto jurídico
1. La muestra del plan de control reflejado en el artículo 20 será seleccionada cada año por la autoridad competente sobre la base de un análisis de riesgos y de la representatividad de las solicitudes de ayuda presentadas.
La eficacia del análisis de riesgos se evaluará y actualizará anualmente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.1 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150, de la Comisión, de 15 de abril de 2016.
2. La representatividad de las solicitudes antes referidas se garantizará seleccionando de forma aleatoria entre un 20 por ciento y un 25 por ciento del número mínimo de solicitudes que deban ser sometidos a controles sobre el terreno.
3. La autoridad competente llevará registros de los motivos que hayan conducido a la selección de un beneficiario determinado para los controles sobre el terreno. El inspector que realice el control sobre el terreno será informado de esos motivos antes de iniciar el control.
