Articulo 21 Notificación ...mercantil

Articulo 21 Notificación y traslado de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil

  • El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de julio de 2022. Los arts. 5, 8 y 10 se aplicarán a partir del primer día del mes siguiente al período de tres años después de la entrada en vigor de los actos de ejecución a que se refiere el art. 25.
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Artículo 21. Transmisión y notificación o traslado de documentos extrajudiciales

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Los documentos extrajudiciales podrán transmitirse y notificarse o trasladarse a otro Estado miembro de acuerdo con el presente Reglamento.